Grupo Funerarias Costa del Sol
Respuestas transparentes e inmediatas

Preguntas Frecuentes

Resolvemos las principales dudas técnicas, organizativas y legales del servicio funerario.

¿Qué debo hacer inmediatamente tras producirse un fallecimiento?

El primer paso difiere según el lugar de la defunción:

  • En Hospital, Residencia o Clínica: El centro se encarga de emitir la confirmación médica. Usted solo debe llamarnos al +34 638 12 54 06 de forma inmediata. Nosotros acudiremos a recoger al difunto y gestionar la documentación.
  • En Domicilio Particular: Debe llamar en primer lugar al teléfono de emergencias médicas (061 o 112) para que un facultativo acuda a certificar judicialmente la defunción. Una vez emitido dicho certificado oficial, llámenos para proceder al traslado y acondicionamiento.
¿Tengo derecho a elegir funeraria si tengo un seguro de decesos contratado?

Sí, rotundamente. Según la legislación española de seguros, la familia del difunto tiene el derecho absoluto e inalienable a elegir la empresa funeraria que prestará el servicio, independientemente de la aseguradora con la que tenga la póliza de decesos.

Solo debe indicarle a su compañía aseguradora que desea que el servicio sea realizado por Grupo Funerarias Costa del Sol, o llamarnos a nosotros directamente al +34 638 12 54 06 y nos coordinaremos con su seguro para validar la cobertura y tramitar los capitales correspondientes.

¿Cuánto tiempo debe transcurrir antes de un entierro o incineración?

De acuerdo con el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria en Andalucía, no se puede realizar ninguna inhumación ni cremación hasta que hayan transcurrido al menos 24 horas desde la hora legal de la defunción que consta en el registro civil.

Asimismo, la ley establece un límite ordinario máximo de 48 horas, el cual puede prorrogarse en casos extraordinarios que requieran autorizaciones judiciales especiales o tratamientos de conservación química especiales (tanatopraxia).

¿Cómo funciona y qué cubre la previsión funeraria?

La previsión funeraria consiste en la contratación en vida de los servicios fúnebres futuros. Funciona como un contrato de precio cerrado garantizado: usted elige cada detalle (tipo de féretro, incineración o cementerio, flores, responso) y deja el servicio totalmente abonado.

La gran ventaja es que las tarifas quedan congeladas, evitando que su familia afronte subidas de precios futuras o discusiones incómodas en momentos de duelo. Ofrecemos financiación hasta 24 meses sin intereses (T.A.E. 0%).

¿Cuáles son los requisitos para una repatriación internacional?

Para trasladar un cuerpo al extranjero es obligatorio:

  1. Obtener la confirmación de la defunción del Registro Civil y su correspondiente traducción jurada al idioma de destino.
  2. Realizar el embalsamamiento completo por un tanatólogo certificado.
  3. Acondicionar el cuerpo en un ataúd especial de zinc soldada herméticamente y en una caja exterior de madera sólida de transporte aéreo.
  4. Tramitar la autorización y visado mortuorio en el Consulado del país de destino en España.
  5. Obtener el salvoconducto sanitario emitido por la delegación de sanidad española.

Nosotros gestionamos la totalidad de estos trámites y la logística aeroportuaria.

Atención Inmediata 24 Horas

¿Necesita asistencia urgente?

Le acompañamos en este momento difícil con la serenidad y profesionalidad que su familia merece. Llámenos a cualquier hora; nos encargamos de todo el proceso de traslado, gestiones legales, trámites y ceremonias de forma integral.

WhatsApp
WhatsApp WhatsApp
Hola, bienvenido a Grupo Funerarias Costa Del Sol
¿Podemos ayudarle?